FAMILIAR

CALIDAD DE DEPENDIENTE DE UN FAMILIAR RESIDENTE

¿Quiénes pueden aplicar?


Pueden aplicar solamente las personas que cumplan con los grados de parentesco que establece el artículo 2 del Decreto Ejecutivo 52 de 19 de febrero de 2003 y que son:

a- Padres del solicitante principal
b- cónyuge
c- hijos solteros menores de 18 años.

¿Cómo se da este Proceso?

Excepcionalmente, el Director (a) Nacional de Migración y Naturalización podrá autorizar la inclusión como dependiente de un familiar residente, a hijos menores de veinticinco 25 años, solteros, sin hijos que sean estudiantes regulares, de acuerdo con los parámetros establecidos en el Código de la Familia.

El estudiante debe cumplir con la exigencia de cursar sus estudios en forma regular en un centro educativo reconocido por el Ministerio de Educación. Adicionalmente, debe tenerse en cuenta que el dependiente de residente no está autorizado para laborar en el país y la violación a esta prohibición será causal de cancelación del permiso de residencia.

Duración del trámite: de 2 a 3 meses para obtener el Permiso Provisional de Permanencia que tiene vigencia de un año


A continuación, encontrará los requisitos para obtención de esta visa.

REQUISITOS

TRAMITADO POR

SERLECA

USTED

Poder y solicitud mediante abogado.

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Cheque certificado o de gerencia por el monto de B/. 100.00 a favor del Tesoro Nacional.

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Cheque certificado o de gerencia por el monto de B/.500.00 a favor del ministerio de Gobierno y Justicia, en concepto de depósito de repatriación (Aplicable a todo mayor de 12 años de edad).

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En caso de nacionalidades restringida debe tramitarse previamente la visa de inmigrante y presentar la certificación original de VTR. (visa válida para tramitar residencia) que emite el departamento de Visas Consultadas.

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Certificado Médico de Buena Salud expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación

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Historial penal y policivo de antecedentes penales emitido en el país de origen o por el país de residencia durante los dos últimos años, (si el interesado ha permanecido en Panamá 2 años o más años en forma continua, no será necesario presentar este documento).

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Ocho (8) fotografías tamaño carné actualizadas sin sombreros o velos y de frente.

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Pasaporte del país de origen con una validez mínima de seis (6) meses y fotocopia de todas las páginas selladas del pasaporte, donde aparecen los datos generales del interesado

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Fotocopia completa del pasaporte.

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Carta del residente en la que se hace responsable del familiar al que amparará como dependiente y donde expresa claramente que asume todas las obligaciones de mantenimiento y repatriación si fuese el caso.

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Constancia de Parentesco. Certificado de Matrimonio o Certificado de Nacimiento, según sea el caso.

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Expedición de Certificados de Nacimientos

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Formulario de Declaración Jurada - Antecedentes Personales Declaración Jurada sobre Antecedentes Personales.

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Prueba de solvencia económica del residente

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 Carta de Trabajo actualizada con su respectivo talonario de pago o ficha de la CSS, donde se observe ingreso mínimo del residente es de Quinientos Balboas mensuales más setenta y cinco Balboas (B/ 75.00), adicionales por cada dependiente.

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 Carta de Referencia Bancaria actualizada, solamente si se posee cuenta a plazo fijo por un período no menor de un año, en donde dicho plazo fijo genere en intereses mensuales la renta mínima de Quinientos Balboas mensuales más setenta y cinco Balboas (B/ 75.00 )por cada dependiente.

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Fotocopia del carnet de un año, vigente o fotocopia de la cédula de identidad personal autenticada por el Registro Civil del residente responsable.

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Solicitante mayor de edad y menor de veinticinco (25) años, debe aportar:

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a. Certificación de estudios de instituciones aprobadas por el Ministerio de educación que acredite su condición de estudiante Universitario regular. La certificación debe identificar la resolución del Ministerio de Educación que otorgó el reconocimiento al Centro de estudios. (Excepto que se trate de la Universidad Nacional o la Tecnológica).

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 b. Aportar prueba de su estado civil (Certificado de soltería). c. Historial penal y policivo del país de origen o de residencia en los dos últimos años. ]

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Aplique aquí

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