macroempresa

INVERSIONISTA MACRO-EMPRESA – MÁS DE $150,00.01

¿Quiénes pueden aplicar?

El extranjero que desea inmigrar y fijar su residencia en la República de Panamá en calidad de inversionista de una macro-empresa, debe invertir capital propio por un mínimo de B/150,000.01 (ciento cincuenta mil balboas con un centésimo).

¿Cómo se da este proceso?

El solicitante debe probar a la Dirección Nacional de Migración y Naturalización, tanto la proveniencia de los fondos que aporta, como su inversión directa y el pago del capital social mínimo requerido, presentando documentos y pruebas como la declaración bancaria u otras que demuestren el ingreso o transferencia de los fondos desde el exterior a nombre del solicitante.

El extranjero debe ser director y dignatario de la empresa en la que ha invertido su capital. Además, debe ser el titular único de las acciones que reflejan su inversión mínima, pudiendo éste contar con socios panameños dueños del resto del capital social en caso que este sea mayor de la suma mínima requerida. La empresa puede ser de tipo industrial o comercial al por mayor, por lo que debe tener licencia comercial tipo “A” o Industrial.

La empresa debe contar con una planilla inicial mínima, de tres (3) empleados panameños laborando a tiempo completo, que devenguen salario mensual por una suma no inferior al mínimo establecido en la Ley para cada región y tipo de actividad. Los empleados deben estar inscritos en el régimen de Seguridad Social y cumplir con la obligación legal respecto a las cargas fiscales.

Beneficios: Obtención de Cédula y derecho a la Naturalización.

Duración del trámite: de 2 a 3 meses para obtener el Permiso Provisional de Permanencia que tiene vigencia de un año.

A continuación, encontrará los requisitos para obtención de esta visa.

REQUISITOS

TRAMITADO POR

SERLECA

USTED

Poder y solicitud mediante abogado.

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Ocho (8) fotografías tamaño carnet  actualizadas de frente y sin sombreros o velos

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Cheque certificado o de gerencia por el monto de B/. 100.00 a favor del Tesoro Nacional.

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Cheque certificado o de gerencia por el monto de B/.500.00 a favor del ministerio de Gobierno y Justicia, en concepto de depósito de repatriación  (aplicable a mayores de 12 años de edad).  

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Certificado Médico de Buena Salud , expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación. (debe tener fecha, firma y sello con el nombre, código y número de registro del médico

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Historial penal y policivo de antecedentes penales emitido en el país de origen o por el país de residencia durante los dos últimos años, si el interesado ha permanecido en Panamá 2 años o más años en forma continua, no será necesario presentar este documento. (Requisito sujeto al país de origen)

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Certificado de Personería Jurídica original expedido por el Registro Público, que acredite la razón social de la empresa; la condición del solicitante de director o dignatario en la empresa, la expresión del representante legal o apoderado (si lo tuviera); el capital social de la empresa, que debe ser mínimo de (B/150,000.01); tipo de acciones y la distribución del capital social.

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Certificación del Secretario o Tesorero de la empresa, donde se acredite la titularidad de las acciones emitidas a favor del extranjero solicitante y que las mismas se encuentran debidamente liberadas y pagadas (las acciones deben ser por un valor mínimo de B/.150,001.00). La certificación debe ser firmada ante notario y no debe ser suscrita por el propio interesado.

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Declaración que debe rendir el solicitante ante Notario Público, en la cual indique el monto del capital invertido, la cantidad de acciones que posee y que las mismas se encuentran liberadas y pagadas (por un valor mínimo de B/.150,000.01) así como detallar las actividades comerciales que desarrollará la empresa.

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Certificación del Contador Público Autorizado (CPA) de la empresa, que acredite la titularidad de las acciones del extranjero solicitante y que las mismas se encuentran debidamente liberadas y pagadas (las acciones deben ser por un valor mínimo de B/.150,000.01). (Adjuntar copia del documento que acredite la idoneidad del CPA).

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Original o Copia autenticada por el Ministerio de Economía y Finanzas de la Declaración de Rentas de la empresa, con sus respectivos recibos de pago (solo en el caso que la empresa hubiese sido constituida y haya operado durante varios meses antes de la fecha en que hay que presentar la declaración jurada de rentas del año fiscal vigente). En la Declaración de Rentas (en la sección patrimonio, línea de acciones) se debe registrar el pago de la totalidad de las acciones del extranjero solicitante de la visa (que debe ser mayor de B/150,000.01).

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Si la empresa es de reciente constitución, se debe aportar copia cotejada de la constancia de pago de Tasa Única y del Registro Único del Contribuyente.

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Copia autenticada por la Caja de Seguro Social de la planilla de la empresa, con un mínimo de tres (3) empleados panameños. (La misma debe corresponder a un máximo de tres meses anteriores al mes de presentación).

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Paz y salvo de la Caja de Seguro Social a favor de la empresa con vigencia mínima de (3) tres meses.

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Prueba de Inversión la cual podrá demostrarse mediante la presentación de, por lo menos, tres de los siguientes documentos.: ( todos deben estar a nombre de la empresa) Contrato de Compraventa del local donde opera la empresa
Fotocopia del comprobante de depósito por la suma invertida a favor de la empresa, autenticada por el banco.
Documento emitido por una entidad bancaria en el que haga constar que los fondos que invierte el extranjero solicitante, provienen del exterior.
Facturas Comerciales de los gastos incurridos por el inversionista en la empresa, acompañadas de inventario detallado realizado por el CPA.
Liquidaciones de Aduanas de bienes importados a nombre de la empresa o del inversionista.
Cualquier otro documento que pueda probar el capital invertido en la empresa

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Prueba de la existencia y ubicación de la empresa [ ... (aportar un mínimo de tres pruebas). - Contrato de Arrendamiento del Local comercial en donde opera la sede de la empresa u oficina, debidamente registrado ante el Ministerio de Vivienda (en caso de que el local no sea propio).

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Contrato de Servicio de Energía Eléctrica.

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Contrato de Servicio de Teléfonos.

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Contrato de Servicio de Suministro de Agua.

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Contrato de Servicio de Seguridad.

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Contrato de Servicio de Recolección de Basura.

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Comprobante del Pago de Impuesto del ITBM al Ministerio de Hacienda y Tesoro.

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Cualquier otro documento que pruebe la existencia real de la empresa.

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Pasaporte del país de origen con una validez mínima de seis meses.

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Fotocopia completa del pasaporte.

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Copia de la Licencia Comercial o Industrial de la Empresa (debe ser tipo “A” que ampara las actividades del comercio al por mayor o licencia Industrial

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Otras Especificaciones

Al aprobarse la solicitud, el solicitante recibe un permiso provisional de permanencia con vigencia de un año. Tanto para el permiso provisional como para la permanencia definitiva, es indispensable demostrar la existencia de la empresa, que la inversión se mantiene y que se ha dado cumplimiento a la condición de mantener al personal panameño contratado a tiempo completo, percibiendo salario por una suma no inferior al mínimo señalado en el Código de Trabajo y que se encuentra al día en el pago de las cuotas de la seguridad social.

La Dirección Nacional de Migración tiene la potestad de realizar inspecciones a la empresa a fin de comprobar su ubicación, existencia y funcionamiento de acuerdo a los parámetros exigidos.

Al presentar su documentación, se le expide un carnet de trámite por tres meses y al aprobarse la solicitud se le extiende un carnet de residencia provisional con un año de validez. El costo de los carnets será cubierto por el interesado así como el timbre fiscal de B/10.00 para aquellas nacionalidades que requieren visa.

 

Aplique aquí

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