solvencia

SOLVENCIA ECONOMICA PROPIA:

¿Quiénes pueden aplicar?

Los integrantes de un núcleo familiar que desea inmigrar en conjunto y fijar en la República de Panamá su residencia permanente. Sólo pueden aplicar a esta visa familias compuestas:

a) por ambos cónyuges (formalmente casados y cuyo matrimonio se haya registrado en la República de Panamá);
b) los padres del solicitante principal;
c) Hijos menores de edad;
d) hijos mayores de 18 años pero menores de 25 años, solteros (as), estudiantes regulares en centros de estudio Universitarios o Superiores.

NOTA:


No pueden aplicar a esta visa: hermanos, cuñados, primos  ni hijos mayores de edad casados.
El núcleo familiar debe probar que trae consigo al país y tiene los medios económicos propios, suficientes, para cubrir los gastos familiares de vivienda, alimentación, educación, salud, transporte y demás. Su requisito más importante es que el solicitante:

  1. posea una cuenta de Plazo Fijo por un valor mínimo de $200,000.00, ó;  
  2. haya adquirido, a nombre propio, un bien inmueble en el territorio nacional por la suma mínima de $200,000.00; o haya adquirido, a nombre propio, un bien inmueble en el territorio nacional por la suma mínima de $80,000.00 y, además deberá tener una cuenta de Plazo Fijo, por un valor mínimo de $120,000.00.

Importante: Si alguno de los integrantes del grupo familiar va a ingresar posteriormente, debe hacerlo luego de que a la familia le haya sido aprobada la solicitud de visa inmigrante. En este caso, debe solicitar la Visa de Inmigrante en calidad de Dependiente de un Familiar Residente.

Beneficios: Derecho a cédula (a Naturalización).
Tiempo que toma: 2 a 4 meses.

A continuación, encontrará los requisitos para obtención de esta visa.

REQUISITOS

TRAMITADO POR

SERLECA

USTED

Poder y solicitud mediante abogado.

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Cheque certificado o de gerencia por el monto de B/. 100.00 a favor del Tesoro Nacional. [por cada miembro de la familia]

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Cheque certificado o de gerencia por el monto de B/.500.00 a favor del ministerio de Gobierno y Justicia, en concepto de depósito de repatriación. (Aplicable a todo solicitante que tenga 12 años de edad, o más.)

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Certificado Médico de Buena Salud

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Historial penal y policivo de antecedentes penales emitido en el país de origen o por el país de residencia durante los dos últimos años, si el interesado ha permanecido en Panamá 2 años o más años en forma continua, no será necesario presentar este documento. (Requisito sujeto al país de origen)

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Pasaporte del país de origen con una validez mínima de seis meses.

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Fotocopia completa del pasaporte de cada uno de los solicitantes.

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Ocho (8) fotografías tamaño carnet de cada integrante de la familia. Estas deben ser de frente y sin sombreros o velos y actualizadas.

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Constancia de Parentesco (Certificado de Matrimonio y/o Certificados de Nacimiento de cada uno de los hijos para los cuales se solicita la visa, según sea el caso.)

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Expedición de Certificados de Nacimientos

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Formulario de Declaración Jurada - Antecedentes Personales Declaración Jurada sobre Antecedentes Personales

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Carta de Responsabilidad de ambos cónyuges o del cónyuge que se declara el jefe de familia y generador de los ingresos con los cuales la familia cubrirá sus necesidades básicas de vivienda, alimentación, educación, transporte, salud y demás.

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Solicitud de la Visa

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Aportar pruebas de la fuente y la cuantía de los ingresos con los cuales cubrirá sus gastos generales y los de sus dependiente

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Otras Especificaciones.

• Todos los documentos que sean expedidos en el extranjero, deberán presentarse debidamente apostillados o autenticados por la Embajada o Consulado de Panamá en el país que los expidió y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.

• Todos los documentos expedidos en el exterior en idioma que no sea español, deben ser traducidos por un Traductor Público Oficial reconocido por el Ministerio de Gobierno y Justicia.

• Todo extranjero residente, visitante temporal o con documentación en trámite que desee salir e ingresar nuevamente al país, debe solicitar una VISA DE INGRESO MÚLTIPLE ANTES DE SALIR DEL PAÍS ante la Dirección Nacional de Migración y Naturalización. La omisión de este trámite causa una multa de B/100.00 (cien balboas).

• Un mes antes de vencerse el permiso de residencia de un año, que se otorga con la Visa de Inmigrante; podrá solicitar la permanencia definitiva con derecho a cédula panameña.

• Todas aquellas nacionalidades que requieran Visa Consultada, tienen que presentar con la solicitud de cualquier trámite, CERTIFICACIÓN DE VISA VÁLIDA PARA TRAMITAR RESIDENCIA expedida por el Departamento de Visas Consultadas de la Dirección Nacional de Migración.

• La Declaración Jurada se hace en formulario que proporciona la Dirección Nacional de Migración. Esta debe firmarse por el interesado y llenarse en su totalidad. El dar información falsa lleva consigo responsabilidades legales penales y la denegación de la visa solicitada o la cancelación de la misma si ya se hubiese otorgado. Los menores de edad no llenan este formulario pero el padre o tutor debe proporcionar la información solicitada aunque no lo hace bajo la gravedad del juramento.

La documentación debe presentarse COMPLETA y en el orden que se expresa a continuación. Los documentos pequeños como certificados de salud, nacimiento, recibos etc. deben adherirse que sean visibles ambas caras de ser necesario a una hoja tamaño legal para ser recibidos.

El costo de los carnets será cubierto por el interesado así como el timbre fiscal de B/10.00 para aquellas nacionalidades que requieren visa.

 

Aplique aquí

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